El derecho de réplica

Autores/as

Eugenia Paola Carmona Díaz de León
Escuela Libre de Derecho
https://orcid.org/0009-0006-3839-4617

Sinopsis

El derecho de réplica es la potestad que cualquier persona (física o jurídica) tiene, de solicitar la corrección de los hechos que le aludan y perjudiquen por considerarlos inexactos o incompletos. Y si bien no es un derecho es nueva cuña, puesto que encontramos sus antecedentes remotos en el siglo XIX en el Decreto de las Cortes del 10 de noviembre de 1810 por el que se establece la Libertad Política de Imprenta, en el Decreto del Mariscal Élie-Fréderic Forey para permitir la reaparición de periódicos (1863), la Ley de Imprenta del Emperador Maximiliano (1865), y la Ley sobre delitos de imprenta (1917), fue hasta 2007 que se elevó a rango constitucional, en el primer párrafo del artículo 6.°: “[…] el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley […]”, disposición de la que se desprende la Ley Reglamentaria del artículo 6.º, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en materia de derecho de réplica de 2015.

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Publicado

8 September 2025